SERVICIOS AMBIENTALES
Los bienes y servicios que las personas obtenemos a
partir de nuestro entorno natural se conocen como servicios ambientales (SA). Regularmente, los servicios ambientales son gratuitos
para la gente que disfruta de ellos, mientras que los dueños y poseedores de
las tierras donde estos se dan, que los proveen, no son compensados en forma
alguna por ello. Los servicios
ambientales son directamente dependientes del funcionamiento
"saludable" de los ecosistemas y de la biodiversidad que estos
contienen. Cuando los ecosistemas se degradan también lo hacen los servicios
que prestan.
Los servicios con los cuales estamos directamente
vinculados son la provisión de agua, aire y alimentos, todos ellos de buena
calidad, ya que son los principales requerimientos para la vida. Sin embargo,
también existen otros servicios que son igualmente importantes, como es la
protección contra desastres naturales como los huracanes, el control de plagas
o la recreación. Sin duda, existe una estrecha relación entre la calidad de los
servicios ambientales y la calidad y mantenimiento de nuestra vida.
Clasificación
Dependiendo de los bienes y servicios que ofrecen, los
servicios ambientales han sido agrupados como sigue:
Servicios de soporte: son aquellos que mantienen los procesos de los
ecosistemas que mantienen y permiten la provisión del resto de los servicios.
Estos pueden o no tener implicaciones directas sobre el bienestar humano. Entre
ellos se encuentra el mantenimiento de la biodiversidad, el ciclo hidrológico,
el ciclo de nutrientes, y la producción primaria.
Servicios de provisión: son recursos tangibles y finitos, que se contabilizan
y consumen. Además pueden ser o no renovables. Entre ellos se encuentra la
provisión de agua para consumo humano, la provisión de productos como la madera
y la producción de comida.
Servicios de
regulación: son lo que mantienen los procesos y funciones
naturales de los ecosistemas, a través de las cuales se regulan las condiciones
del ambiente humano. Entre ellos encontramos la regulación del clima y gases
como los de efecto invernadero, el control de la erosión o de las inundaciones.
También la protección contra el impacto de los huracanes es un servicio de
regulación.
Servicios
culturales: pueden ser tangibles e intangibles y son producto de
percepciones individuales o colectivas; son dependientes del contexto
socio-cultural. Intervienen en la forma en que interactuamos con nuestro
entorno y con las demás personas. Entre ellos se encuentra la belleza escénica
de los ecosistemas como fuente de inspiración y la capacidad recreativa que
ofrece el entorno natural a las sociedades humanas.
PROGRAMAS SECTORIALES
Los programas sectoriales
comprenden los aspectos relativos a un sector de la economía o la sociedad, que
es atendido por una dependencia. Rigen el desempeño de las actividades del
sector administrativo relacionado con la materia de los mismos. Se integran
bajo la responsabilidad de la dependencia coordinadora del sector, atendiendo
las normas y lineamientos que emite para su integración la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, e incorporando las propuestas de las entidades
sectorizadas.
Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales
El Programa Sectorial de
Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) establece el conjunto de objetivos
sectoriales, estratégicos y metas mediante los cuales el sector atenderá los
objetivos y estrategias que define el Plan Nacional de Desarrollo en materia de
Sustentabilidad ambiental.
La SEMARNAT es la dependencia, encargada de impulsar la
protección, restauración, conservación de los ecosistemas, recursos naturales y
bienes y servicios ambientales de México con el fin de propiciar su
aprovechamiento y desarrollo sustentable.
Para cumplir con el mandato
trabajan con cuatro aspectos prioritarios:
·
La conservación y aprovechamiento sustentable de los
ecosistemas y su biodiversidad.
·
La prevención y control de la contaminación
·
Gestión integral de los recursos hídricos
·
El combate al cambio climático.
DERECHO, LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL
Estos conceptos surgen de la
necesidad de responder ante la sociedad a los problemas ambientales que se
presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido dominar la naturaleza. El
instruir e inducir al ser humano para que modere su comportamiento con el fin
de proteger la vida, es tarea de la educación, pero exigir ese comportamiento a
través de la norma y la coacción, son propios del derecho.
Legislación ambiental
La legislación ambiental o
derecho ambiental es un complejo conjunto de tratados, convenios, estatutos,
reglamentos, y el derecho común que, de manera muy amplia, funcionan para
regular la interacción de la humanidad y el resto de los componentes biofísicos
o el medio ambiente natural, hacia el
fin de reducir los impactos de la actividad humana, tanto en el medio natural y
en la humanidad misma.
Normatividad ambiental
La norma es el modo como se
concibe y expresa el derecho ambiental, es decir; se refiere a una regla de
conducta “obligatoria” o no, que se proporciona para un uso racional y
sustentable de los recursos naturales y el medio ambiente.
Derecho Ambiental
Se desarrolló como lógica
respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de
racionalidad, aprovechamiento sostenible y protección del ambiente. Su
evolución ha sido rápida y progresiva, incorporándose paulatinamente en todas
las ramas jurídicas y adquiriendo, a su vez, autonomía propia como disciplina
vinculada con casi todas las ciencias.
¿Cuál es el
objeto de la legislación ambiental y sus finalidades?
El objeto del derecho ambiental
está destinado a gobernar, ordenar, regular, dirigir la vida humana y sus actos
en relaciones con el ambiente.
Las finalidades del derecho
ambiental son:
ü Definir los principios
mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política
ambiental, así como los instrumentos y procedimientos para su aplicación.
ü Regular el ejercicio de las
facultades de las autoridades de la Administración Pública, en materia de
conservación del medio ambiente, protección ecológica y restauración del equilibrio
ecológico.
ü Conservar y restaurar el
equilibrio ecológico, así como prevenir los daños al ambiente, de manera que
sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la
sociedad con la conservación de los ecosistemas.
ü Establecer las medidas de
control, de seguridad y las sanciones administrativas que correspondan, para
garantizar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y de las disposiciones
que de ella se deriven.
ü Regular la responsabilidad
por daños al ambiente y establecer los mecanismos adecuados para garantizar la
incorporación de los costos ambientales en los procesos productivos; y
establecer el ámbito de participación de la sociedad en el desarrollo y la
gestión Ambiental.
ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
El ordenamiento ecológico
(OE) se define jurídicamente como:
"El instrumento de
política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las
actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente
y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a
partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de
aprovechamiento de los mismos". (Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente, Titulo Primero, Art.3 fracción XXIII).
Es un instrumento normativo
básico o de primer piso, que permite orientar el emplazamiento geográfico de
las actividades productivas, así como las modalidades de uso de los recursos y
servicios ambientales, lo cual le convierte en un cimiento de la política ecológica.
Marco Legal
Actual del Ordenamiento Ecológico en México
La Constitución, en sus
artículos 25, 26 y 27, establece los principios de planeación y ordenamiento de
los recursos naturales en función de impulsar y fomentar el desarrollo
productivo con la consigna de proteger y conservar el medio ambiente. Considera
además, la participación de los diversos sectores de la sociedad y la
incorporación de sus demandas en el plan y los programas de desarrollo.
Menciona que la nación debe
lograr un desarrollo equilibrado y sustentable del país así como el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.
Los artículos
constitucionales 73, 115 y 124 definen las facultades tanto de la federación,
como de los municipios y de los estados en el ámbito ambiental.
Bibliografía
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Todo sobre el medio ambiente . (s.f.). Obtenido de
http://todosobreelmedioambiente.jimdo.com/legislaci%C3%B3n-ambiental/
Karen, excelente tu desarrollo del tema. Me parece completo y entendible cada dato que proporcionas en tu blog, estoy de acuerdo en la forma que se liga concepto con idea, añadiste la clasificación de los servicios ambientales y con ello yo descubrí que están agrupados y también que cada uno de los servicios mantienen procesos de los ecosistemas y que estos pueden o no tener implicaciones directas sobre el bienestar humano. Que igual son tangibles y finitos, que se contabilizan y consumen. Además pueden ser o no renovables.
ResponderBorrarMe pareció curioso que a través de los servicios de regulación se regulan las condiciones del ambiente humano y que entre ellos encontramos la regulación del clima y gases como los de efecto invernadero, el control de la erosión o de las inundaciones.
Muy bien que digas que el Programa Sectorial del medio ambiente trabajan con cuatro aspectos prioritarios:
La conservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad.
La prevención y control de la contaminación
Gestión integral de los recursos hídricos
El combate al cambio climático.
Fue corta tu información de DERECHO, LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL, sin embargo haces la comparacion muy bien y a la vez en lo que van ligados se entiende sin problema.
HOLA KAREN:
ResponderBorrarExcelente desarrollo del tema me quedo todo muy claro.
Estoy completamente de acuerdo con esa parte
"El objeto del derecho ambiental está destinado a gobernar, ordenar, regular, dirigir la vida humana y sus actos en relaciones con el ambiente"
Las personas tenemos que manejar la naturaleza por que si las respetamos también nos estamos respetando nosotros mismos porque la naturaleza es quien nos mantiene vivos.
También si sabemos ordenar las zonas geográficas de como esta distribuida la naturaleza sera mas fácil crear estrategias para cuidar y aprovechar a la naturaleza.
la sociedad tiene que ser la responsable de cuidar pero hace unos años no se tenia conciencia de lo mismo.
Hasta hace unos años se creo esa cultura de cuidar con grupos sociales y tratar de aplicar las leyes a las personas que dañen a la naturaleza en mayor magnitud como son las empresas que no son responsables.
explicas los servicios ambientales podríamos poner en practica algunos de ellos y poder tener un mejor resultado de sustantividad.
Karen.
ResponderBorrarMe queda bastante claro el desarrollo del tema que has descrito en este blog. Creo que es de suma importancia el derecho ambiental, ya que es el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación, o mejorarlo en caso de estar afectado. Nosotros com seres humanos debemos fomentar, y llevar a cabo el cuidado de nuestro medio ambiente y el planeta; ya que finalmente es el lugar en donde habitamos.
Me es importante mencionar que el crear estas estrategias para la sustentabilidad del medio ambiente, asi como la generación de conciencia en cada una de las personas que habitan en el, podríamos llegar a ser una sociedad "educada" de manera ambiental, es decir , todos en conjunto podriamos llegar a lograr algo por nuestro planeta.